El Fondo Autónomo de Protección Previsional realizó el traspaso de recursos desde la Tesorería General de la República (TGR) a las gestoras que se adjudicaron la licitación para la Administración de las Carteras de Inversión del organismo, conforme con lo indicado en el artículo 29 de la Ley N° 21.735 y la Norma de Carácter General N° 352 de la Superintendencia de Pensiones.
El pasado 11 de junio, el Consejo Directivo del Fondo Autónomo –presidido por Enrique Marshall e integrado por la Vicepresidenta Rosario Celedón y los Consejeros Rodrigo Caputo y Soledad Huerta– adjudicó, vía licitación pública, a BCI Asset Management Administradora General de Fondos el Mandato de Inversión en Renta Fija Nacional de Corto Plazo. Santander Asset Management Administradora General de Fondos, por su parte, se hará cargo del Mandato de Inversión en Renta Fija Nacional de Largo Plazo.
Ambas gestoras invertirán los recursos del organismo (función que realizó, en una primera etapa y de manera transitoria, la TGR), manteniendo el Fondo Autónomo la responsabilidad legal y fiduciaria sobre su gestión e inversiones.
El Mandato de Renta Fija Nacional de Corto Plazo tiene por objetivo preservar capital y garantizar la liquidez operacional del Fondo para el financiamiento mensual de los beneficios del Seguro Social Previsional. Considera instrumentos de corto plazo como depósitos a plazo, PDBCs o fondos mutuos money market y es por dos años plazo, renovable por dos períodos de un año cada uno. Por su parte, el Mandato de Renta Fija Nacional de Largo Plazo busca rentabilidad real de largo plazo, en línea con la naturaleza intergeneracional del Fondo Autónomo. El mandato es por cinco años, renovable por dos períodos de dos años cada uno.
Asimismo, está contemplado que, en la medida que sigan aumentando los activos bajo administración del Fondo Autónomo, se liciten nuevos mandatos para incorporar otras clases de activos al portafolio de inversión con el objetivo de maximizar la rentabilidad de las inversiones en el largo plazo, sujeto a niveles prudentes de riesgo y con miras a garantizar la sostenibilidad financiera del Fondo.
Más información sobre el proceso, incluyendo los documentos de cierre de la adjudicación, en el sitio web www.fapp.cl
Sobre el Fondo Autónomo y su Administrador
El Fondo Autónomo de Protección Previsional fue creado por la Ley N° 21.735 y tiene como objetivo financiar las prestaciones con elementos de carácter contributivo y complementos por brecha de género del Seguro Social Previsional (Beneficio por Años Cotizados, Cotización con Rentabilidad Protegida, Compensación para Mujeres por Diferencias de Expectativas de Vida y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia).
La administración del Fondo está a cargo de un organismo autónomo, de carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio llamado Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda y cuyo mandato legal es la gestión e inversión de los recursos del Fondo, velando por la maximización de la rentabilidad de largo plazo de dicho Fondo, sujeta a niveles adecuados de riesgo. El administrador comenzó sus operaciones el 01 de agosto de 2025.