Es un nuevo mecanismo, creado por la Reforma de Pensiones, encargado de financiar las nuevas prestaciones y beneficios del Seguro Social Previsional, que complementarán las pensiones basadas en el ahorro previsional individual.
Seguro Social Previsional es el nombre que se asigna a un conjunto de nuevos beneficios, los cuales buscan contribuir a aumentar el monto de las pensiones basadas en ahorro previsional individual y reducir brechas de género. Los principales beneficios del Seguro Social son: la compensación para las mujeres de acuerdo con sus mayores expectativas de vida, un beneficio por años cotizados para actuales pensionados y quienes se pensionen en los próximos 30 años, y el ya existente Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Este Fondo es administrado por un organismo administrador de carácter técnico y autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que es liderado por un Consejo Directivo de cinco personas, nombradas por el Presidente de la República y ratificadas por el Senado. Asimismo, la operación diaria y su dirección técnica y administrativa está a cargo de un director ejecutivo designado por el Consejo.
El Fondo Autónomo de Protección Previsional estará regulado por la Superintendencia de Pensiones, la cual tiene facultades normativas, de fiscalización y control según dispone la Ley 21.735. También está sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República y a estrictos estándares en materia de probidad pública, transparencia y rendición de cuentas.
El Fondo Autónomo de Protección Previsional se financiará con parte de las cotizaciones adicionales de cargo del empleador que incorpora la Reforma Previsional, equivalentes al 2,5% del ingreso imponible de cada trabajador, sumado a los intereses, reajustes y recargos por pago fuera de plazo de dichas cotizaciones, donaciones y un aporte anual del Estado. A esto se suma la cotización con rentabilidad protegida, equivalente al 1,5% de su ingreso imponible. También se incorporarán al Fondo sus inversiones y la rentabilidad que se obtenga de dichas inversiones.
Los gastos del administrador del Fondo, tal como indica la ley, son de cargo del Fondo Autónomo, con un presupuesto anual hecho por la dirección ejecutiva y aprobado por el Consejo Directivo, para posteriormente ser también visado por el Ministerio de Hacienda.
Cabe señalar que existirá una separación patrimonial entre los recursos propios del organismo administrador y los recursos del Fondo Autónomo de Protección Previsional, y que el administrador está sujeto a altos estándares de transparencia y probidad.
El administrador deberá licitar la administración de carteras de inversión para la totalidad de los recursos del Fondo Autónomo de Protección Previsional, buscando generar rentabilidad a lo largo del tiempo.
Es decir, no es el organismo administrador quien realizará directamente las inversiones, sino que deberá seleccionar mediante una licitación a entes privados especializados para que realicen esta labor.
Corresponderá al administrador establecer una política de inversiones y procesos de selección de administradores de carteras de inversión robustos, realizando un adecuado monitoreo de riesgos y de los desarrollos financieros —a nivel local y global— que puedan incidir en los rendimientos de las inversiones del Fondo.
De acuerdo con el calendario establecido en la Ley N° 21.735, a partir de las remuneraciones de agosto de 2025 y hasta julio de 2026, los empleadores cotizarán un aporte adicional de 1% de la remuneración del trabajador. De ese porcentaje, una fracción del 0,1% ingresará directamente a las cuentas individuales de cotización obligatoria de cada trabajador, mientras que el 0,9% restante deberá ingresar y registrarse en el Fondo Autónomo de Protección Previsional para financiar los beneficios que entregará el Seguro Social Previsional.
Según lo establecido por la ley, los beneficios de compensación por expectativas de vida y beneficios por años cotizados comenzarán a pagarse a contar de enero de 2026. Puedes consultar más información sobre estos beneficios, en el sitio web del Instituto de Previsión Social.
Según establece la reforma, la cotización obligatoria del empleador tendrá una implementación gradual, comenzando con una tasa inicial de 1% que aumentará cada año, por un periodo de nueve años. Esa transitoriedad, en todo caso, puede llegar a 11 años. El calendario de incremento de las nuevas cotizaciones de cargo del empleador es el siguiente:
Fuente: Superintendencia de Pensiones
En términos generales, no variará respecto a lo que los empleadores ejecutan en el presente a través de PREVIRED.
Para ello, el pago de la nueva cotización para el Seguro Social se realizará a través del Instituto de Previsión Social (IPS), que es la entidad encargada de coordinar la recaudación de las cotizaciones de cargo del empleador, las cuales serán destinadas al Fondo Autónomo de Protección Previsional.
Para cumplir esta función, el IPS realizará la recaudación a través de un proveedor especializado, a través del cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos. Lo importante es que la norma indica que todas las declaraciones de las cotizaciones, de cargo del empleador, deberán efectuarse exclusivamente de forma electrónica.
SERGIO SOTO GONZÁLEZ
Es director ejecutivo del Fondo Autónomo de Protección Previsional desde agosto de 2025. Es ingeniero comercial de la Universidad de Concepción, MBA de la Universidad Adolfo Ibáñez y, además, cuenta con un Programa de Alta Dirección de Empresas (PADE) de la Universidad de Navarra, España.
Durante más de siete años se desempeñó como CEO de Santander Asset Management, cargo que dejó en octubre de 2024. Cuenta con 32 años de experiencia en la industria financiera, de los cuales 20 fueron en el ámbito de inversiones (Director de Inversiones Internacionales en AFP Summa Bansander, CIO de Santander AGF y head de research de Banedwards CB). Su trayectoria también incluye otros roles ejecutivos en el Grupo Santander, donde fue Gerente de Riesgos No Financieros, Gerente de PYME y Negocios, y Director Corporativo global de Internet y Mobile (con sede en España).