A contar de las remuneraciones devengadas del mes de agosto de 2026, la norma establece una separación de funciones. El IPS recaudará las cotizaciones asociadas al Seguro Social Previsional, dentro de las cuales se incluye el SIS, y las transferirá al Fondo Autónomo de Protección Previsional. Las AFP seguirán recaudando las cotizaciones destinadas a la cuenta individual de capitalización y la comisión de la AFP.