La Ley N° 21.735 (Reforma Previsional) crea el Seguro Social Previsional con la finalidad de financiar prestaciones con elementos de carácter contributivo y complementos por brechas de género. El Seguro será financiado con una parte de la cotización de cargo de los empleadores, la cual será enterada en el Fondo Autónomo de Protección Previsional.
Los beneficios del Seguro Social son el Beneficio por Años Cotizados (BAC) y la Compensación para Mujeres por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV). Además, se incorpora el mecanismo de Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) y el financiamiento de las prestaciones del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
La cotización con cargo al empleador que va al Seguro Social corresponde2, en régimen, al 4% de la remuneración imponible del trabajador.