La Reforma de Pensiones establece una cotización adicional a cargo de los empleadores, que irá subiendo de manera progresiva hasta alcanzar un 8,5% de la remuneración imponible de sus trabajadoras y trabajadores al 2033.
De este aporte, en régimen:
- 4,5% se destinará a la cuenta de capitalización individual del trabajador, administrada por su AFP
- 4% se destinará al Seguro Social Previsional, del cuál 1,5% es para la cotización con rentabilidad protegida Este aporte adicional se inició en agosto de 2025 con una cotización adicional de 1%, del cual 0,1% va a la cuenta individual y 0,9% al Seguro Social Previsional, el cual no será descontado del sueldo de las personas, sino que es una obligación de cargo del empleador, como lo señala la Ley N° 21.735.
A partir de agosto de 2026, la cotización con cargo al empleador para el Seguro Social aumenta a 3,4% de la remuneración imponible, ya que se incorpora el Seguro Social Previsional y la Cotización con Rentabilidad Protegida.