¿Quién supervisa el funcionamiento del Fondo Autónomo de Protección Previsional?

Por jpizarro@fapp.cl , 23 Marzo 2026

El Fondo Autónomo de Protección Previsional y su Administrador estará regulado por la Superintendencia de Pensiones, la cual tiene facultades normativas, de fiscalización y control, según dispone la Ley N.° 21.735. También está sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República. El Administrador está sujeto a altos estándares de transparencia y probidad, rendición de cuentas sobre el uso eficiente de los recursos del Fondo, gestión de inversiones y sostenibilidad financiera de largo plazo del Fondo.